Abogados de Familia Expertos en Custodia

90% de Sentencias Favorables a nuestros clientes

Pida 1ª Cita Gratuita

Abogados de Familia Expertos en Custodia

90% de Sentencias Favorables a nuestros clientes

Pida 1ª Cita Gratuita

En un proceso de divorcio o separación, cuando existen menores en común, la prioridad es que estos se vean lo menos perjudicados que sea posible, proteger su bienestar y la buena relación con cada uno de sus progenitores debe ser el objetivo de ambas partes.

En todos los años de experiencia acumulados hemos observado que la mayor preocupación en una separación o divorcio es la custodia de los hijos. La mejor opción es que los progenitores estén de acuerdo en qué tipo de custodia es la más beneficiosa para los menores pero a veces surgen diferencias que no facilitan llegar a un acuerdo. En estos casos, una buena opción es recurrir a mediación y hacerlo de la mano de un abogado experto que garantice que los acuerdos se ajustan a la ley.

En caso de llegar a contencioso haber intentado la mediación da a entender que se ponen por delante los intereses y el bienestar de los menores por encima de las diferencias entre los progenitores.

Los abogados de Rivera Ruanova acompañamos a nuestros clientes durante todo el proceso, les asesoramos con la mayor sinceridad y nos esforzamos en conseguir la mejor opción para ellos.

Si necesita un abogado experto en custodias pida una primera cita sin compromiso.

PIDA 1ª CITA SIN COMPROMISO
PIDA 1ª CITA SIN COMPROMISO

Custodia Compartida

La Custodia Compartida es un régimen contemplado por nuestro ordenamiento jurídico en el artículo 92 del código civil. La Custodia Compartida supone que ambos progenitores ostentan en igual medida la guarda y custodia de los hijos menores de la pareja y establece que los menores pasarán el mismo tiempo con cada uno de los progenitores.

Se acordará el ejercicio compartido de la guarda y custodia de los menores cuando:

  • Los padres así lo soliciten en la propuesta de convenio regulador o si llegan a este acuerdo en el transcurso del procedimiento
  • A instancia de una de las partes, con informe del Ministerio Fiscal, si el juez fundamenta que sólo de esta forma se protege adecuadamente el interés superior del menor.

La Custodia Compartida es considerada el régimen más beneficioso para los menores lo que ha ido incrementando su concesión en los Juzgados españoles y la opción que debe aplicarse prioritariamente según la reiterada jurisprudencia del Tribunal Supremo, es decir, se acordará este régimen teniendo en cuenta determinados criterios, como son:

  • Que durante el matrimonio o convivencia análoga al matrimonio, ambos progenitores se ocuparan de sus hijos en igual medida: cuidados personales, asistencia médica, tutorías escolares…etc.
  • Será muy importante la opinión de los menores cuando estos cuenten con madurez suficiente para ser escuchados por su Señoría que debe velar por su derecho a ser oídos.
  • El informe psicosocial realizado por los profesionales adscritos al Juzgado donde recaiga la demanda, valorando la aptitud personal de cada progenitor y la relación de estos con sus hijos.
  • Contar con un domicilio que reúna la condiciones óptimas para que vivan los menores, primordialmente para la pernocta y el estudio, así como que se encuentre relativamente cerca del círculo social de los menores (colegio, actividades extraescolares, etc...)
  • Es importante tener un horario laboral compatible con el cuidado de los menores.
  • Que NO exista denuncia por violencia de género ni que el juez advierta indicios fundados de violencia doméstica. En ese caso se perderá toda opción a custodia compartida.
  • Que la relación entre los progenitores será mínimamente cordial y exista una comunicación correcta entre ellos.

Es muy importante aclarar, que la custodia compartida, no impide acordar o imponer, una pensión de alimentos a uno de los progenitores en favor del otro, cuando exista demasiada descompensación en los salarios de ambos o si una de las partes se encuentra en desempleo. La cuantía de esta pensión será más reducida que en un régimen de custodia monoparental pero dependerá de los ingresos de cada progenitor. En todo caso, el juez determinará la contribución de cada uno de los progenitores para los alimentos y tomará las medidas necesarias para garantizar la efectividad y la adecuación de las prestaciones a las circunstancias económicas y a las necesidades de los menores.

PIDA 1ª CITA SIN COMPROMISO
PIDA 1ª CITA SIN COMPROMISO

Custodia Monoparental

En este caso la custodia corresponde a uno de los progenitores y el progenitor que no tenga la custodia de los menores tendrá derecho a visitarlos, comunicarse con ellos y tenerlos en su compañía. Será el juez quien determine el tiempo, el modo y el lugar para el ejercicio de este derecho. El juez también podrá limitar o suspender este derecho si se diesen circunstancias graves que lo aconsejen o si se incumplen de forma grave y reiterada los deberes establecidos en la resolución judicial.

También se establecerá una pensión de alimentos a favor de los hijos que el progenitor no custodio debe abonar al progenitor custodio.
Si necesita un abogado especialista en custodia pida una primera cita sin compromiso